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El Supremo condena al Estado a pagar 182 millones a Castilla y León por el IVA no ingresado de diciembre de 2017

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El Estado deberá abonar a Castilla y León los 182 millones no ingresados en las arcas autonómicas por la pérdida de ingresos en la liquidaci...

El Estado deberá abonar a Castilla y León los 182 millones no ingresados en las arcas autonómicas por la pérdida de ingresos en la liquidación del año 2017 correspondiente al IVA. Así lo recoge la una sentencia dictada por el Alto Tribunal con fecha de 19 de abril de 2021, que responde a la demanda judicial interpuesta por los Servicios Jurídicos del Gobierno regional el pasado septiembre, después de que el Consejo de Ministros desestimara de forma presunta, por falta de respuesta, la reclamación del pago de las cantidades debidas a la Junta de Castilla y León. En la demanda judicial, el Ejecutivo regional solicitaba al Gobierno de España que se pagaran a la Comunidad las cantidades debidas como consecuencia de la pérdida de ingresos en la mencionada liquidación correspondiente al IVA, que ascienden a 120,49 millones de euros. Asimismo, se reclamaba el abono de las cantidades correspondientes al nuevo cálculo de la variación de los Ingresos Tributarios del Estado y su repercusión en los fondos del sistema de Financiación Autonómica, que ascendía a otros 61,51 millones de euros. Esta cantidad corresponde a 30,98 millones de euros del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, 21,21 millones de euros del Fondo de Suficiencia Global y 9,32 millones de euros del Fondo de Cooperación. Según detalla la Junta en un comunicado, la decisión del Alto Tribunal, «viene a reconocer la importancia de la prueba aportada por los Servicios Jurídicos en el recurso». «Como se ha demostrado -añade-, la Junta de Castilla y León, en todo momento, ha intentado llegar a una solución consensuada previa a la judicial, y ha realizado en los últimos dos años numerosos intentos para la reclamación del pago de las cantidades que se adeudan a Castilla y León por las repercusiones en la liquidación del Sistema de Financiación correspondientes al IVA». Detalla también el mismo comunicado que con la formalización del recurso, los Servicios Jurídicos acompañaron el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta el 20 de febrero de 2020 en el que se acordó solicitar formalmente dicha cantidad al Estado, y se autorizó al consejero de Economía y Hacienda Carlos Fernández Carriedo a presentarla al Consejo de Ministros, sin obtener respuesta alguna. «Por ello, de nuevo en julio, el titular de Economía presentó el requerimiento dirigido al Consejo de Ministros por las repercusiones en la liquidación del sistema de financiación, al amparo del art. 44 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa, y con carácter previo a la interposición de un recurso contencioso-administrativo, que tampoco tuvo contestación expresa del referido órgano de gobierno estatal». Previamente, se ha demostrado que el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, el 26 de agosto de 2019 remitió una carta al presidente del Gobierno mostrando su preocupación por no haberse hecho efectivos en la liquidación definitiva de 2017 los recursos compensatorios tras el cambio de normativa, indicando que esta situación estaba causando dificultades en la sostenibilidad de los servicios públicos de la Comunidad y en el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. De igual forma, el 29 de agosto de 2019 el consejero de Economía y Hacienda se dirigió a la ministra de Hacienda manifestando su preocupación por no haber recibido la actualización de las entregas a cuenta de 2019 y por no haberse hecho efectivos los recursos compensatorios por la implantación del Suministro de Información Inmediata del IVA, solicitando además la convocatoria urgente del Consejo de Política Fiscal y Financiera. El propio proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 incorporó un artículo que posibilitaba que en dicho ejercicio se imputasen en términos de caja los ingresos correspondientes a trece mensualidades, para compensar la mensualidad dejada de percibir, proyecto que al final no resultó aprobado por el Parlamento. Respaldo de las Cortes Las Cortes de Castilla y León no han sido ajenas a esta reivindicación, y aprobaron el 5 de febrero de 2020 una proposición no de ley solicitando al Gobierno de España el abono de estas cantidades. Y en el Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el 7 de febrero de 2020 Castilla y León reiteró de nuevo la petición. Con toda esta prueba, los Servicios Jurídicos de la Junta alegaron que el Estado había vulnerado el principio de lealtad institucional, a lo que la Sentencia concluye en esta parte que «Por ello, el principio de lealtad institucional en la actuación de las administraciones públicas (artículo 3.1.e/ de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) puesto en relación con el artículo 103.1 de la Constitución habría exigido que por parte de dicha Administración se diese a la reclamación de compensación una respuesta muy distinta a la desestimación presunta que constituye el objeto de este proceso». Entre otras cuestiones, el recurso remarcaba que, al final, los ciudadanos habían ingresado el IVA correspondiente durante ese mes, y sin embargo el Estado se había quedado con toda la recaudación sin repartir la parte correspondiente a las Comunidades Autónomas, lo que lógicamente conllevaba un enriquecimiento «injusto» del Estado. Extremo que reconoce ahora la sentencia al señalar «produciendo un desequilibrio que es necesario corregir, al haberse producido un quebranto financiero para la Comunidad Autónoma demandante y, correlativamente, un enriquecimiento indebido para la Administración del Estado». Esta resolución judicial, la primera sentencia de España al respecto, puede abrir la vía a los recursos de las demás Comunidades Autónomas en idéntica situación, recalcan también desde los Servicios Jurídicos de la Junta, lo que supondría para el Estado analizar el pago de hasta 4.150 millones de euros.
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El Supremo condena al Estado a pagar 182 millones a Castilla y León por el IVA no ingresado de diciembre de 2017
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