El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado el recurso formulado por Iñaki Urdangarín en relación a la posibilid...
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León ha estimado el recurso formulado por Iñaki Urdangarín en relación a la posibilidad de realizar salidas para llevar a cabo un programa de atención especializada fuera del Centro Penitenciario de Ávila, donde cumple condena. De esta manera, autoriza al marido de la Infanta Cristina a realizar dos salidas a la semana de la prisión de mujeres de Brieva, donde actualmente cumple condena, para desarrollar un programa de voluntariado en una institución religiosa en Madrid. Según señala el juez Florencio de Marcos Madruga en el auto, la realización de una actividad en el exterior es más que positiva para reducir o eliminar la desocialización y deshumanización» del preso, y además, añade, «conecta con algo esencial en cualquier programa de tratamiento, fomentar la autoestima». Se pretende con esta medida, dice también el juez, «evitar el aislamiento y su efecto nocivo», en el reo, que en este momento se encuentra en régimen de segundo grado. Añade el comunicado que la decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria recoge que la elección del régimen de vida, la forma de cumplir la pena de prisión, no está sujeto a la voluntad de los internos, viene regulada en la Legislación penitenciaria y es impuesta imperativamente por la Administración, de forma que su incumplimiento es objeto de sanción. «La situación de aislamiento como forma de cumplimiento en la cual se encuentra el recurrente no es fruto de su elección, sino decisión de la autoridad penitenciaria», señala en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que añade, además, que «no es la voluntad de los internos la que determina el centro penitenciario de cumplimiento, pronunciamiento que, de nuevo, corresponde a la Administración.
by via España
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